Recordemos que el derecho es una ciencia social cambiante que se tiene que ir adaptando a las necesidades de la sociedad conforme al paso de los años, como es el caso del testamento.
El testamento siempre ha sido una herramienta poderosa para expresar la voluntad de la persona acerca del futuro de sus bienes, que por mucho tiempo no había sufrido cambios en México tan significativos, sino hasta que a raíz de la pandemia de Covid-19 donde muchas personas fallecieron sin expresar su última voluntad ,en este contexto pasado más de un año, el 4 de agosto de 2021 se público en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México por el que se adicionan y reforman diversos artículos del Código Civil para el Distrito Federal y a la Ley del Notariado para la ciudad de México, en materia de sucesiones y actuación digital notarial, que permiten los legados digitales y el otorgamiento de testamentos por medios electrónicos y que tiene por objeto regular el otorgamiento del testamento sin la necesidad de que el testador comparezca físicamente ante el notario para su otorgamiento.
Los legados digitales se refiere a que se podrá otorgar por legado cuentas de correo electrónico, sitios, dominios, y direcciones electrónicas de internet, archivos electrónicos como imágenes, fotografías videos y textos; así como claves, contraseñas de cuentas bancarias o de valores, aplicaciones de empresas de tecnología financiera de los que el testador sea titular o usuario y que para cuyo acceso se requiere de un nombre o clave de usuario y contraseña.
Respecto al testamento electrónico tenemos que es una forma en que el Testamento Público Abierto se puede realizar, esto quiere decir que, se permite que se realice a través de un medio electrónico, siempre y cuando el testador este en posibilidades de comunicarse con el notario de su elección a través de un dispositivo electrónico y el notario pueda ver y escuchar al testador de manera directa, simultánea y en tiempo real durante todo el acto de otorgamiento de testamento, es decir, otorgar el testamento vía videoconferencia.
Esta opción de otorgar testamento, aún se está definiendo en cuanto a sus alcances, eficacia, certeza y seguridad jurídica, respecto a la última voluntad del testador, de igual manera minimizar los riesgos que conlleva el utilizar medios electrónicos, como es la de suplantar la identidad de una persona, lo anterior no es para alarmarse, sin embargo hay que poner atención de como evitar los riesgos cibernéticos.
El testamento electrónico pretende que se exprese la última voluntad de una manera rápida, sencilla, económica y asequible, es así, porque permitirá el uso de medios electrónicos de fácil acceso de las personas. Definitivamente es un acierto y un avance jurídico importante para la Ciudad de México implementar el testamento electrónico, pero aún falta mucho por legislar entorno al tema.
A nivel mundial tenemos como referencia de implementación del testamento electrónico a países como Australia, Estados Unidos de América, España, Francia los cuales ya nos llevan años manejando la modalidad del testamento electrónico.
BY: REYES SOLIS ABOGADOS
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